Como patrón, es tu obligación avisar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) las altas, reingresos y bajas de tus trabajadores, así como las modificaciones de sus salarios, dentro de plazos no mayores de cinco días hábiles.
Estos movimientos pueden ser: alta, reingreso, modificación de salario y baja:
A) El movimiento de ALTA: es el aviso que presenta la empresa por los trabajadores permanentes, por obra o tiempo determinado o eventuales, que se incorporan a laborar, para inscribirlos ante el Instituto. Este movimiento se debe presentar dentro de los cinco días hábiles contados a partir de la fecha del inicio de la relación No obstante lo anterior, la inscripción podrá realizarse el día hábil anterior al inicio de la relación laboral.
B) El movimiento de REINGRESO: es el aviso que la empresa debe presentar al Instituto, por los trabajadores que se reincorporan a la relación laboral y nuevamente adquieren el derecho de estar sujetos al régimen del Seguro Social. Este movimiento se debe presentar dentro de los cinco días hábiles contados a partir de la fecha del inicio de la relación No obstante lo anterior, la inscripción podrá realizarse el día hábil anterior al inicio de la relación laboral.
C) El movimiento de MODIFICACIÓN DE SALARIO: es el aviso que la empresa debe presentar al Instituto, por las variaciones que sufre el salario diario base de cotización de sus trabajadores inscritos en el régimen del Seguro Social.
a. Cuando se trata de salarios fijos, el aviso se debe presentar dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que ocurrió la modificación, no obstante, lo anterior, los avisos podrán presentarse, el día hábil anterior a la fecha en que surta efectos la modificación. | |
b. En el caso de salarios variables, los avisos se deben presentar dentro de los primeros cinco días hábiles de los meses de meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre, las modificaciones del salario del bimestre anterior. Los avisos llevarán por fecha el día primero del mes siguiente al bimestre en que ocurrió la modificación. | |
c. Para los salarios de naturaleza mixta, cuando se modifica el elemento fijo, deberá presentarse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que ocurrió la modificación. Si al concluir el bimestre respectivo hubo modificación del elemento variable, los avisos se deben presentar dentro de los primeros cinco días hábiles de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre. |
D) El movimiento de BAJA: es el aviso que la empresa debe presentar al Instituto, por la disolución de su relación laboral con el trabajador, con lo cual termina su obligación de tenerlo inscrito en el régimen del Seguro Social. El aviso de movimiento de baja debe presentarse en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha en que se dé el supuesto respectivo. Los movimientos de BAJA que se realicen fuera del plazo establecido en la Ley, surtirán efecto a partir de la fecha de presentación.
¿Dónde se puede realizar este trámite?
a) En línea: Realiza tu trámite en línea por el portal del IDSE, disponible las 24 hrs.
Para ello se requiere:
1.- Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) y Certificado Digital ó
2.- Firma Electrónica Avanzada (FIEL).
3.- Datos de acceso (usuario y contraseña).
Nota: Para el envío de los movimientos afiliatorios de tus trabajadores los puedes realizar por:
Captura de datos (Registro Patronal, tipo de movimiento, Número de Seguridad Social (NSS), digito verificador del NSS, nombre completo del trabajador, Clave del trabajador, Clave Única de Registro de Población (CURP), Unidad de Medicina Familiar (UMF), salario diario integrado, tipo de trabajador, tipo de salario, tipo de jornada, fecha de movimiento) o carga de archivo con la estructura establecida (Estructura de Movimientos Afiliatorios) por el IMSS utilizando archivo DispMag.
b) Presencial: En la Subdelegación que controla tu registro patronal de lunes a viernes en días hábiles para el IMSS de 8:00 a 15:30 horas.
Para ello se requiere:
1.- Aviso de Baja del Trabajador. Original y 2 copias.
2.- Aviso de Inscripción del Trabajador. Original y 2 copias.
3.- Aviso de Modificación de Salario del Trabajador. Original y 2 copias.
4.- Tarjeta de Identificación Patronal (TIP). Original.
5.- Sistema de Acopio Interactivo de Información Afiliatoria (SAIIA-01). Original y copia.
6.- Archivo con la estructura establecida por el IMSS (archivo DispMag).
Nota: Se recibirán los avisos impresos, únicamente si la presentación no excede de cinco avisos afiliatorios.
Referencia o Fuente: Página del IMSS
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Publicado el 25/04/2018 - 5109